Credit: Anika Loganathan / Mustang News

El Departamento de Educación de Estados Unidos rescindió las protecciones del Título IX de la administración Biden, que incluían protecciones contra la discriminación basada en el sexo.

En 2024, la administración Biden amplió las regulaciones del Título IX de las enmiendas de Educación de 1972 para incluir la “orientación sexual” y la “identidad de género”. 

La administración Biden escribió las directrices adicionales para prevenir la discriminacion contra atletas transgenero y cambió la forma en que se manejan los casos de conducta sexual inapropiada. 

La expansión original fue implementada durante la era de Biden en Agosto de 2024 y se puso en pausa temporalmente dos días después de entrar en vigor mientras un juez determinaba su legalidad. 

La investigación sobre la legalidad continuó durante el resto del año y, en Enero de 2025, mediante el caso judicial State of Tennessee v. Cardona, un juez federal anuló la definición ampliada de la administración Biden, dejando sin efecto cualquier protecciones adicional que otorga su interpretación del Título IX. 

Como resultado, la administración Trump comenzó a aplicar informalmente las regulaciones anteriores del Título IX de la administración Trump de 2020.

El Departamento de Educación anunció que reinstauron las regulaciones del Título IX de la primera administración Trump, según la Secretaría de Educación Linda McMahon. Estas regulaciones entraron en vigor el 29 de Sept.  

“Seguiremos defendiendo incansablemente la igualdad de oportunidades para los estadounidenses y responsabilizarnos a cualquier escuela o universidad que viole los derechos, la privacidad o las oportunidades atletas de nuestra mujeres y niñas,” escribió McMahon en un comunicado de prensa. 

Con la eliminación de la orientación federal sobre protecciones para los estudiantes LGBTQ+, las políticas quedan a discreción de cada estado e institución educativa. 

El Código de Educación de California, que prohíbe la discriminacion basada en la orientación sexual y la identidad de género en las escuelas, permanece vigente. 

Estas son las cuatro enmiendas rescindidas: 

Una enmienda rescindida exigía que las escuelas realizaran investigaciones justas e imparciales en casos de discriminación sexual. Los investigadores debían revisar todos los hechos, sin importar si demostraban inocencia o culpabilidad. Ya fuera que una fuente fuera testigo, demandante o denunciante, los investigadores debían mantenerse neutrales y no permitir que la posición de la fuente determinará el resultado. 

La segunda enmienda rescindida exigía la no discriminación por motivos de sexo o discapacidad en programas que reciben asistencia financiera federal. Esto incluía agencias estatales de educación, como escuelas o universidades, y otros programas de capacitación. 

La tercera enmienda rescindida se refiere a la discriminación por motivos de sexo en el atletismo, ya sea intramuros, intrescolar o intercolegial. 

La última enmienda rescindida exigía que una agencia o persona que, determinara que se había producido discriminación por motivos de sexo dentro de su institución, tomara las medidas adecuadas para abordar la infracción. 

Estos cambios regulatorios no afectan la aplicación de las políticas actuales, sino que reescriben el lenguaje del Código de Regulaciones Federales para eliminar “protecciones legales obsoletas.” 

Los cambios más importantes entre las versiones de la política de Biden y Trump son su efecto sobre las atletas transgénero en los deportes y la manera en que las escuelas investigan la conducta sexual inapropiada. 

Bajo esta política del Título IX, el gobierno federal entiende el “sexo” estrictamente como el sexo biológico asignado al nacer. Debido a que el Título IX no protege la “identidad de género” ni la “orientación sexual,” se podría prohibir a los atletas transgénero participar en deportes escolares designados para su identidad de género. 

Durante la era de Biden, el Título IX exigía que las escuelas respondieron a denuncias formales de conducta sexual inapropiada con audiencias similares a las de un tribunal. 

El cambio en la regla permite que las escuelas elijan entre dos estándares de carga de la prueba cuando realicen audiencias. El primer estándar sólo requería pruebas de que la conducta inapropiada “probablemente” ocurrió, y el segundo estándar, más alto, debía contar con pruebas “claras y concisas” de culpabilidad.