Nota del editor: 
Este artículo tiene menciones de acoso sexual. Se recomienda discreción al lector. 

Exadministrador de Cal Poly declaró no contestar a un cargo de felonía por cometer un acto lascivo contra su hijastra de 7 años. 

Richard Edward Ellison, anteriormente vicepresidente asociado de Desarrollo Universitario en Cal Poly de 2014 a 2015 y exdirector ejecutivo de Bike SLO, fue acusado el 27 de agosto por la Oficina del Fiscal de Distrito del condado de San Luis Obispo. El 27 de octubre declaró no culpable según los registros judiciales de San Luis Obispo.

Después de una audiencia preliminar el 2 de abril, encontraron suficiente evidencia para continuar; el caso avanzó al juicio. 

El corte superior de Ellison en la lectura de cargos — el procedimiento formal en el que un defendiente es oficialmente notificado de los cargos y se declara — estaba programado para el martes. Preguntó por una continuación breve hasta el jueves por la mañana, mientras aún estaba considerando declarar culpables de los cargos o exigir un juicio con jurado. 

El jueves, Ellison decidió cambiar su alegato de no culpable a no contestar ante la juez Rita Federman en la corte superior de San Luis Obispo. El cargo, según el Código Penal, sección 288(a), se conoce más comúnmente como “actos lascivos con un niño menor de 14 años”. 

Una súplica de no contestar es cuando un defendiente no contesta los cargos, pero tampoco admite formalmente su culpabilidad. Bajo la ley de California, se carga el mismo peso que una súplica culpable con fines de sentencia. 

Esta súplica significa que la víctima, ahora de 8 años, no tendrá que testificar en el juicio. La familia de la víctima ha contado con el apoyo de un defensor de víctimas en todo el caso y respalda la resolución, según el fiscal de distrito Dan Dow. 

El resultado de la súplica: Ellison enfrenta hasta un año en la cárcel del condado de San Luis Obispo, así como tres años de libertad condicional formal supervisada, prohibición y el registro de por vida como delincuente sexual según la Ley de Megan de California. 

Esta súplica se considera un crimen violento bajo California’s Three Strikes Law. Una violación de la prohibición durante el período de tres años podía resultar en una sentencia de tres, seis o ocho años en prisión del estado. 

Dow describió el conducto subyacente al cargo como un comportamiento para establecer engaño pederasta. En este caso no hay evidencia de que Ellison haya tocado a la víctima ni haya causado daño a otras personas. Por el contrario, la dirigió a ella para tocarlo. 

“No sabemos si habría ido más lejos”, dijo Dow. “Pero este comportamiento inocula y desensibiliza al niño. Si se hubiera salido con la suya, podría haber habido un siguiente encuentro que hubiera derivado en daños más graves.”

Ellison está representado por la abogada que defendió a Carrie Winters. El enjuiciamiento está a cargo del fiscal de distrito Dan Dow, junto con las diputadas DA Kristin Barnard y Hunter Starr. 

Su sentencia es el 28 de julio. El juez Jesse Marina determinará si servirá seis, nueve o 12 meses en la cárcel del condado de San Luis Obispo.